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	<title>Baldios archivos - ANeIA | Universidad de los Andes - AGRONEGOCIOS E INDUSTRIA DE ALIMENTOS</title>
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	<description>AGRONEGOCIOS E INDUSTRIA DE ALIMENTOS</description>
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	<title>Baldios archivos - ANeIA | Universidad de los Andes - AGRONEGOCIOS E INDUSTRIA DE ALIMENTOS</title>
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	<item>
		<title>Los baldÃ­os en Colombia &#8211; Parte 4</title>
		<link>https://aneia.uniandes.edu.co/los-baldios-en-colombia-parte-4/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor Pixelpro]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 03:46:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Agricultura]]></category>
		<category><![CDATA[Baldios]]></category>
		<category><![CDATA[GestiÃƒÂ³n y territorio]]></category>
		<category><![CDATA[Politica]]></category>
		<category><![CDATA[Tierras]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En el artÃ­culo de la semana pasada, Los baldÃ­os en Colombia - Parte 3, hice una breve exposiciÃ³n del proyecto de ley 223 que busca modificar el rÃ©gimen sobre tierras baldÃ­as reglamentado por  la Ley 160 de 1994.</p>
<p>La entrada <a href="https://aneia.uniandes.edu.co/los-baldios-en-colombia-parte-4/">Los baldÃ­os en Colombia &#8211; Parte 4</a> se publicó primero en <a href="https://aneia.uniandes.edu.co">ANeIA | Universidad de los Andes - AGRONEGOCIOS E INDUSTRIA DE ALIMENTOS</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">Fuente Imagen: (Verfotosde.org)</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">Este proyecto fue aprobado el pasado 11 de noviembre en tercer debate por la ComisiÃ³n V del Senado, con una votaciÃ³n de 8 votos a favor y sÃ³lo 1 en contra, que correspondiÃ³ al voto del senador Jorge Enrique Robledo. En ese sentido, al proyecto le quedarÃ­a solamente un aval frente a la plenaria del Senado para ser sancionado como ley de la RepÃºblica.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">El nuevo proyecto de ley se justifica bajo la premisa de que la mayorÃ­a de los baldÃ­os con los que aÃºn cuenta la NaciÃ³n, principalmente aquellos de la Altillanura colombiana, no son aptos para la economÃ­a campesina puesto que requieren de grandes inversiones para ser rentables y por lo tanto, tienen vocaciÃ³n para llevar a cabo grandes proyectos agroindustriales. Sin embargo, las crÃ­ticas al proyecto de ley no se han hecho esperar por parte de congresistas y diversos sectores de la sociedad civil que no reparan en manifestar sus reservas frente al proyecto, argumentando que Ã©ste pretende legalizar la acumulaciÃ³n de baldÃ­os â€“prÃ¡ctica hoy en dÃ­a prohibida taxativamente por la Ley 160 de 1994- y favorecer la concentraciÃ³n de la tierra en manos de grandes empresarios y multinacionales, desconociendo asÃ­, el derecho primario que tienen los campesinos sobre las tierras baldÃ­as. En el pasado artÃ­culo expuse los argumentos que sustentan el proyecto de ley y en el artÃ­culo de hoy, tengo como propÃ³sito, exponer las principales crÃ­ticas contra el proyecto. De esta manera, el lector puede contar con elementos de juicio que le permitan adoptar una posiciÃ³n informada frente a un tema de actualidad y relevancia.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">Al igual que en las anteriores iniciativas del Gobierno por modificar la Ley 160 de 1994 â€“Ã©sta constituye el sexto intento-, el principal opositor ha sido el senador del Polo DemocrÃ¡tico, Jorge Enrique Robledo, a quien no le ha temblado la voz para denunciar lo que considera un fraude agrario. Vale la pena recordar que fue el mismo senador Robledo el que revelÃ³ las irregularidades en la compra de terrenos baldÃ­os por parte de la multinacional Cargill â€“la mayor comercializadora de materias primas agrÃ­colas del mundo-. Entre el 2010 y el 2012, Cargill adquiriÃ³ 39 predios en el departamento del Vichada que sumaron un total de 52.576 hectÃ¡reas por un precio superior a los $73 mil millones de pesos <span data-mce-mark="1"><span data-mce-mark="1">(El Espectador, 2013)</span>.</span> Normalmente, esto serÃ­a considerado un negocio legÃ­timo si no fuera por el hecho de que los terrenos adquiridos fueron adjudicados como baldÃ­os a campesinos y por ende, les aplicaba la restricciÃ³n impuesta por la Ley 160 de 1994 que prohÃ­be expresamente la acumulaciÃ³n de mÃ¡s de una UAF en tierras tituladas inicialmente como baldÃ­os. La estrategia jurÃ­dica para burlar la ley, diseÃ±ada por la prestigiosa firma de abogados Brigard &amp; Urrutia, consistiÃ³ en la constituciÃ³n de 36 sociedades por acciones simplificadas (S.A.S) para comprar uno por uno, los 39 predios. Estas sociedades de papel reportaron un mismo domicilio en BogotÃ¡, idÃ©nticos representantes legales o revisores fiscales, miembros repetidos en juntas directivas y la misma actividad de cultivo de cereales<span data-mce-mark="1"> <span data-mce-mark="1">(El Espectador, 2013)</span></span><span data-mce-mark="1">.</span> Cargill no fue la Ãºnica empresa que violÃ³ la ley. TambiÃ©n siguieron la misma estrategia empresas como Riopaila Castilla, Poligrow, MÃ³nica Semillas y otras 11 empresas mÃ¡s. Las denuncias del senador Robledo llevaron a la renuncia del entonces embajador en Washington y socio de la mencionada firma de abogados, Carlos Urrutia, a la investigaciÃ³n por parte de la ContralorÃ­a de las empresas implicadas y posteriormente, al retiro del proyecto de ley por parte del Gobierno. MÃ¡s adelante, el Gobierno volviÃ³ a presentar una iniciativa similar a la anterior para permitir la acumulaciÃ³n de baldÃ­os con miras al desarrollo de proyectos agroindustriales, pero esta vez, en el Plan de Desarrollo 2010-2014. Nuevamente, el senador Robledo demandÃ³ los artÃ­culos correspondientes frente a la Corte Constitucional que terminÃ³ por darle la razÃ³n, declarÃ¡ndolos inexequibles. </span></p>
<table style="height: 1541px;" width="840">
<tbody>
<tr>
<td colspan="2" width="489"><span data-mce-mark="1"><strong>Ãrea (HectÃ¡reas)</strong></span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Riopaila</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">36.641,77</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso OrganizaciÃ³n Luis Carlos Sarmiento Angulo</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">14.710,11</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Manuelita Yopal</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">14.012,00</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Manuelita San Martin</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">5.439,57</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Camilo PabÃ³n</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">4.216,00</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Poligrow</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">5.557,00</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Guarrojo</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">8.330,20</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Timberland</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">13.253,92</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Cas Grupo MÃ³nica Colombia S.A.S.</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">12.238,03</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Carlos Aguel Kafruni</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">10.636,03</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Fiducia Helm trust SA Predio â€œEl Brasilâ€</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">16.350,00</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Familia Iragorri</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">3.816,61</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Familia Lizarralde â€“ Ocampo</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">5.064,00</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><span data-mce-mark="1">Caso Multinacional Cargill</span></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">66.384,09</span></td>
</tr>
<tr>
<td width="395"><strong><span data-mce-mark="1">Total Ãrea</span></strong></td>
<td width="95"><span data-mce-mark="1">101.180,57</span></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">Fuente: <span data-mce-mark="1">(Senado de la RepÃºblica de Colombia, 2015)</span><span data-mce-mark="1">.</span></span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">En el presente proyecto de ley, el senador Robledo y el Representante a la CÃ¡mara, Inti Asprilla, volvieron a manifestar las mismas inquietudes de la iniciativa pasada, pues a excepciÃ³n de unas pequeÃ±as modificaciones, el nuevo proyecto de ley es idÃ©ntico al anterior y pretende los mismos objetivos. El proyecto de ley 223 de 2015 plantea un modelo de desarrollo agrÃ­cola fundado bajo el principio segÃºn el cual los proyectos asociativos entre empresarios y trabajadores agrarios, con o sin tierra, pueden generar actividades de producciÃ³n a gran escala que permitan maximizar la productividad de la mano de obra y reducir los costos unitarios de producciÃ³n. En ese orden de ideas, el proyecto de ley pretende declarar unas Zonas de InterÃ©s de Desarrollo Rural, EconÃ³mico y Social (Zidres) para adelantar proyectos agroindustriales con economÃ­as de escala y de caracter asociativo.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">La crÃ­tica principal que se le hace al proyecto de ley es que viola, de manera flagrante, la restricciÃ³n en la acumulaciÃ³n de baldÃ­os reglamentada por la Ley 60 de 1994. De acuerdo con la Ley 160, no es permitida la acumulaciÃ³n de mÃ¡s de una Unidad AgrÃ­cola Familiar (UAF) en tierras inicialmente adjudicadas como baldÃ­os. Por el contrario, el proyecto de ley 223, en el artÃ­culo 9, establece que en las Zidres, el ejecutor del proyecto podrÃ¡: arrendar, utilizar, explotar, adquirir, recibir en aporte predios obtenidos lÃ­citamente o asociarse con los propietarios que no deseen desprenderse del derecho del dominio, hasta completar el Ã¡rea requerida para el proyecto productivo. Es decir, se rompe por completo la restricciÃ³n de la UAF que tuvo como objetivo en su formulaciÃ³n, lograr que los terrenos inicialmente adjudicados como baldÃ­os permanecieran en la economÃ­a campesina y no fueran a parar a manos de grandes empresarios. Lo mÃ¡s grave del asunto es que esta ley le abrirÃ­a la puerta a la legalizaciÃ³n de tierras que fueron adquiridas de forma ilegal, como en el caso de Cargill o Riopaila Castilla, ya que el artÃ­culo 12 permite â€œ<em>sanear las situaciones imperfectas garantizando la seguridad jurÃ­dica</em>â€ en las zonas declaradas como Zidres. A pesar de que la versiÃ³n aprobada por la ComisiÃ³n V de la CÃ¡mara estableciÃ³ una restricciÃ³n que excluye a los baldÃ­os adjudicados despuÃ©s de la Ley 160 de 1994, Ã©sta va en contravÃ­a directa de los conceptos jurÃ­dicos emitidos por el Consejo de Estado, la ContralorÃ­a y la Corte Constitucional que afirman que la prohibiciÃ³n de acumular tierras con antecedentes de baldÃ­os, aplica a todas las adquisiciones posteriores a la Ley 160, independientemente del aÃ±o de su adjudicaciÃ³n<span data-mce-mark="1"> <span data-mce-mark="1">(OXFAM International, 2015)</span>.</span></span></p>
<p style="text-align: justify;"><img decoding="async" class="aligncenter" src="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/images/Alejandro_Perdomo_Barajas/ley_zidres.png" alt="ley zidres" width="450 " height="374" /></p>
<p style="text-align: center;"><span data-mce-mark="1">Fuente: (Alianza Verde Sopetran, 2014)</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">Otra gran crÃ­tica al proyecto se encuentra frente a la titulaciÃ³n de terrenos baldÃ­os como tal. Si bien el artÃ­culo 7 establece que los terrenos baldÃ­os podrÃ¡n ser entregados en concesiÃ³n, arrendamiento o cualquier otra modalidad contractual no traslaticia de dominio y sÃ³lo tendrÃ¡ lugar cuando se trate de proyectos productivos que integren como asociados al pequeÃ±o o al mediano productor, el derecho de los campesinos no se puede reducir a la mera formalidad de contar con un tÃ­tulo de propiedad sobre un predio, sino que el Estado debe garantizarles que puedan disponer libremente de sus tierras, es decir, que tengan el poder para decidir quÃ© hacer con ellas. Pero, al declarar las Zidres como zonas de utilidad pÃºblica e interÃ©s social en el artÃ­culo 1 del proyecto de ley y de acuerdo con el artÃ­culo 58 de la ConstituciÃ³n PolÃ­tica, se abre la puerta a la expropiaciÃ³n de la tierra en caso de que el campesino no siga los lineamientos y criterios de productividad definidos por  la Unidad de PlanificaciÃ³n Rural y Agropecuaria (UPRA) y se oponga a entrar en el rÃ©gimen de transiciÃ³n. </span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">Finalmente, la alianza entre campesinos e inversionistas que propone la ley para el desarrollo de los proyectos agroindustriales deja muchas dudas, a tal punto que el senador Robledo las ha llamado â€œ<em>asociaciones entre zorros y gallinas</em>â€ por su carÃ¡cter desigual y asimÃ©trico<span data-mce-mark="1"> <span data-mce-mark="1">(Canal Capital, 2014)</span></span>. En las alianzas propuestas en el proyecto de ley 223, los campesinos quedan sometidos a lo que decidan los gestores del proyecto agroindustrial ya que no se especifica en absoluto, ninguna participaciÃ³n campesina en las decisiones estratÃ©gicas que se adopten en el marco de estas alianzas. DeberÃ­a precisarse el derecho de los campesinos a contar con voz y voto en los Ã³rganos de direcciÃ³n de los proyectos productivos, pues de lo contrario, su papel se reducirÃ­a a aportar su tierra y su fuerza de trabajo, quedando relegados a ser simples jornaleros al servicio de grandes terratenientes. Tampoco se les garantiza a los campesinos derechos mÃ­nimos para que vivan en condiciones dignas. Por ejemplo, no se precisa la forma como se remunerarÃ¡ a los trabajadores agrarios que se asocien. Â¿CÃ³mo se repartirÃ¡n las utilidades? Â¿Los campesinos tendrÃ¡n derecho a parte de las utilidades? En cuanto a las condiciones laborales, Â¿PodrÃ¡n las empresas gestoras contratar a sus trabajadores, incluidos los campesinos que se asocien, a travÃ©s de terceros o deberÃ¡n hacerlo directamente? Â¿Les garantizarÃ¡n a los campesinos contratos de estabilidad laboral? Â¿Los salarios deberÃ¡n ser superiores al mÃ­nimo? <span data-mce-mark="1"><span data-mce-mark="1">(Senado de la RepÃºblica de Colombia, 2015)</span> </span>Como se puede observar el proyecto de ley deja muchas inquietudes que por acciÃ³n deliberada o por omisiÃ³n, vulneran los derechos de los trabajadores agrarios.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="aligncenter" src="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/images/Alejandro_Perdomo_Barajas/baldios%204.jpg" alt="baldios 4" width="450" height="252" /></p>
<p style="text-align: center;"><span data-mce-mark="1"><span data-mce-mark="1">F</span><span data-mce-mark="1">uente: </span><span data-mce-mark="1">(Canal Capital, 2014)</span></span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">Los defensores del proyecto, como el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique VÃ©lez, argumentan que Ã©sta es una iniciativa para potenciar la productividad. SegÃºn el superintendente, el 77% de los baldÃ­os adjudicados en el pasado fueron vendidos casi de inmediato <span data-mce-mark="1">(Dinero, 2015)</span>. Por eso, se buscÃ³ una fÃ³rmula para promover el trabajo de grandes, pequeÃ±os y medianos empresarios, porque se sabe que se requieren grandes inversiones. El proyecto busca emular la experiencia del â€œcerrado brasileÃ±oâ€ en el que Brasil, mediante la puesta en producciÃ³n de la soja, azÃºcar, cafÃ©, jugo de naranja, carne de aves, carne bovina, tabaco y etanol a gran escala, logrÃ³ transformarse en uno de los principales productores agrÃ­colas a nivel mundial. En el aÃ±o 2007, el sector agropecuario brasilero representÃ³ el 37% de los empleos y el 36,4% de las exportaciones de ese paÃ­s<span data-mce-mark="1"> </span><span data-mce-mark="1"><span data-mce-mark="1">(Senado de la RepÃºblica de Colombia, 2015</span>)</span>. A pesar de que Ã©sta pareciera ser una opciÃ³n atractiva para Colombia, existe una diferencia significativa con el caso brasilero y es que desde 1973, Brasil llevÃ³ a cabo una gran inversiÃ³n pÃºblica en investigaciÃ³n y desarrollo agropecuario a travÃ©s de la Empresa Brasileira de Pesquisa AgropecuÃ¡ria (EMBRAPA). Esta empresa, adscrita al Ministerio de Agricultura, produjo importantes innovaciones tecnolÃ³gicas que volvieron la tierra mÃ¡s productiva. Por ejemplo, se logrÃ³ reducir los niveles de acidez del suelo a travÃ©s de una bacteria que ayudÃ³ a fijar el nivel de nitrÃ³geno, volviendo terrenos infÃ©rtiles aptos para la producciÃ³n, se crearon nuevas variedades de pastos y se adoptaron prÃ¡cticas mÃ¡s efectivas para el cultivo y el barbecho, entre otras. En cambio, el proyecto presentado por el Gobierno para desarrollar la Altillanura deja en manos de las asociaciones las innovaciones agropecuarias y tecnolÃ³gicas, haciendo poco probable la replicaciÃ³n del Ã©xito brasilero. </span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1"> Recientemente ha salido a la luz pÃºblica un estudio realizado por la Universidad Javeriana, la Universidad de los Llanos y OXFAM que desvirtÃºa el argumento sobre el que se basa el proyecto de ley 223 que sostiene que las tierras de la Altillanura no son aptas para la producciÃ³n agrÃ­cola familiar. Los investigadores de la Facultad de Estudios Ambientales y Rurales de la Javeriana y de la Universidad de los Llanos analizaron en profundidad a 10 familias campesinas en parcelaciones de Puerto LÃ³pez, Meta. Las conclusiones del estudio seÃ±alan que 1)  los ingresos obtenidos por la agricultura familiar en la altillanura superan ampliamente, entre 3 y 15 veces, la alternativa de arrendamiento de tierra que proponen los agroindustriales de la zona; 2) que la agricultura familiar en la Altillanura es altamente eficiente y 3) que puede desarrollarse sin la tutorÃ­a de los grandes empresarios agroindustriales y sin hacer alianzas productivas con ellos<span data-mce-mark="1"> <span data-mce-mark="1">(BusinessCol, 2015)</span>.</span> Aunque el estudio estÃ¡ bien documentado, abre la puerta para reconsiderar la viabilidad de la agricultura familiar en la Altillanura colombiana, y mÃ¡s importante aÃºn, resalta la importancia de vincular investigaciones acadÃ©micas en el diseÃ±o de polÃ­ticas pÃºblicas, se debe tener en cuenta que Ãºnicamente se documenta la experiencia de 10 familias campesinas de una misma regiÃ³n. HabrÃ­a que analizar quÃ© tanto se pueden extrapolar los resultados de la investigaciÃ³n a otras regiones de la Altillanura colombiana con condiciones de productividad diferentes. Sin embargo, si se llegase a comprobar <span data-mce-mark="1">de forma cientÃ­fica la inviabilidad de la Altillanura para desarrollar proyectos de economÃ­a campesina, </span></span><span data-mce-mark="1">tampoco deberÃ­amos satanizar la empresa privada y, sin eufemismos, dejar el desarrollo de la Altillanura en manos de los empresarios nacionales que cuentan con el capital para hacerlo. De manera simultÃ¡nea, se podrÃ­a adelantar una reforma agraria en tierras mÃ¡s fÃ©rtiles como las del Magdalena Medio, donde existen grandes latifundios ociosos, de caracter especulativo y disfrazados de ganaderÃ­a extensiva, que podrÃ­an ser aprovechados por familias campesinas para su subsistencia. No nos sirve mandar a los campesinos a la periferia, entregÃ¡ndoles tierras infÃ©rtiles desprovistas de bienes pÃºblicos como carreteras para sacar sus productos o asistencia tÃ©cnica para mejorar su productividad</span><span data-mce-mark="1"> y condenÃ¡ndolos asÃ­, a la pobreza eterna <span data-mce-mark="1">(Alejandro Reyes Posada, 2015)</span>. Pero, hasta que se compruebe la inviabilidad campesina de la Altillanura colombiana, l<span data-mce-mark="1">o prudente es retirar el proyecto de ley acogiÃ©ndose al principio jurÃ­dico de precauciÃ³n. </span></span></p>
<p><span data-mce-mark="1"> <img decoding="async" class="aligncenter" src="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/images/Alejandro_Perdomo_Barajas/cerrado-clave-.jpg" alt="cerrado-clave-" width="450" height="254" /></span></p>
<p style="text-align: center;"><span data-mce-mark="1"><span data-mce-mark="1">Fuente: (ClarÃ­n, 2014)</span></span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">Otro aspecto a tener en cuenta en esta discusiÃ³n es que aproximadamente, el 50% de la propiedad rural privada fue inicialmente titulada como baldÃ­o de la NaciÃ³n </span><span data-mce-mark="1">(Castro, 2013)</span><span data-mce-mark="1"><span data-mce-mark="1">. </span>Por lo tanto, la aplicaciÃ³n irrestricta de la Ley 160 en la recuperaciÃ³n de terrenos que excedan el lÃ­mite impuesto por la UAF es completamente inviable. Es imprescindible respetar los derechos de propiedad de quienes han desarrollado una producciÃ³n agraria Ã­ntegra, han pagado impuestos y generado empleo, aÃºn si poseen mÃ¡s de una UAF, ya que el Estado es en gran parte responsable del desorden jurÃ­dico y el vacÃ­o normativo, por su inoperancia e incapacidad de hacer cumplir la ley. Sin embargo, el Estado sÃ­ debe adelantar procesos de recuperaciÃ³n de terrenos baldÃ­os privatizados cuando estÃ©n en conflicto con ocupantes campesinos que reclamen su adjudicaciÃ³n; cuando fueron ilegalmente titulados por razones especulativas de acaparamiento para valorizar, sin explotaciÃ³n adecuada del potencial productivo; y cuando estÃ©n en zonas de alta concentraciÃ³n de la propiedad y de falta de acceso a la tierra por parte de pequeÃ±os productores </span><span data-mce-mark="1">(Alejandro Reyes Posada, 2015).</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span data-mce-mark="1">En conclusiÃ³n, el proyecto de ley 223 modifica subrepticiamente el rÃ©gimen de baldÃ­os y el espÃ­ritu social plasmado en la Ley 160 de 1994. Si se aprueba esta ley, se permitirÃ­a la acumulaciÃ³n predios con antecedentes de baldÃ­os, se aprobarÃ­a la entrega de tierras en concesiÃ³n a grandes capitales por largos periodos de tiempo, se favorecerÃ­an los procesos de extranjerizaciÃ³n de la tierra, se legalizarÃ­a la adquisiciÃ³n ilegal de tierras baldÃ­as, y los campesinos entrarÃ­an formar a asociaciones desiguales e inciertas a riesgo de ser expropiados por no cumplir con los criterios de productividad de la UPRA. Lejos de ser un proyecto que fomente la productividad y la modernizaciÃ³n del campo, los colombianos estamos siendo testigos de una contrarreforma agraria que vulnera los derechos del campesinado y premia a los grandes terratenientes y multinacionales extranjeras. No deja de ser especialmente inverosÃ­mil e irÃ³nico que un Gobierno que hace todo tipo de concesiones para lograr firmar un acuerdo de paz de un conflicto originado en la propiedad desigual de la tierra, presente simultÃ¡neamente un proyecto de ley que desconoce derechos adquiridos y concentra aÃºn mÃ¡s la tierra, apalancÃ¡ndose en las mayorÃ­as parlamentarias que tiene en el Congreso. Esperemos, como en ocasiones anteriores, que la Corte Constitucional vuelva a pronunciarse, declarando la ilegalidad de este adefesio y restaurando la confianza de los colombianos en las instituciones jurÃ­dicas. De hecho, la probabilidad de que esto ocurra es alta pues ya varios dirigentes indÃ­genas han declarado la inconstitucionalidad del proyecto porque unas de las Zidres presupuestadas tocan Ã¡reas de resguardos indÃ­genas y no se ha hecho ninguna consulta previa con las comunidades al respecto </span><span data-mce-mark="1"><span data-mce-mark="1">(KienyKe, 2015)</span>.</span><span data-mce-mark="1"> Es necesario retirar el proyecto de ley 223 de 2015 para que el paÃ­s pueda, de manera juiciosa, frentera y con la participaciÃ³n de numerosos actores, llegar a un consenso frente a quÃ© polÃ­tica de desarrollo agrario es la mÃ¡s conveniente. Sea cual sea debe respetar los derechos de los campesinos pobres, darle seguridad jurÃ­dica a la propiedad rural, reconocer derechos ya adquiridos y por quÃ© no, considerar la posibilidad de adelantar proyectos agroindustriales en zonas que asÃ­ lo exigen y Ãºnicamente, en cabeza de nacionales. </span></p>
<p><span data-mce-mark="1"> </span></p>
<p><strong><span data-mce-mark="1"><span data-mce-mark="1">@aperdomo91</span></span></strong></p>
<p><span data-mce-mark="1"><strong><span data-mce-mark="1"><span data-mce-mark="1"> </span></span></strong></span></p>
<p><span data-mce-mark="1"><strong>BibliografÃ­a</strong></span></p>
<ul>
<li><span data-mce-mark="1">Alejandro Reyes Posada. (20 de Junio de 2015). <em>Dos demagogias enfrentadas en el agro.</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://www.elespectador.com/opinion/dos-demagogias-enfrentadas-el-agro</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">Alianza Verde Sopetran. (04 de Noviembre de 2014). <em>Alianza Verde pide hundir ley de baldÃ­os.</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://www.sopetranverde.co/2014/11/alianza-verde-pide-hundir-ley-de-baldios/</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">BusinessCol. (2015 ÃÂ¹ÃÂ¸ÃÂ» 01-Junio ). <em>Desvirtuado el mito: la agricultura familiar sÃ­ es viable en la Altillanura y hasta mÃ¡s rentable que la agroindustria a gran escala.</em> Retrieved 2015 ÃÂ¹ÃÂ¸ÃÂ» 05-Noviembre from http://www.businesscol.com/noticias/fullnews.php?id=28963</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">Canal Capital. (16 de Noviembre de 2014). <em>â€˜Zidresâ€<img src="https://s.w.org/images/core/emoji/17.0.2/72x72/2122.png" alt="™" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" /> para adjudicar baldÃ­os a campesinos es como asociar los zorros con las gallinas.</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://www.canalcapital.gov.co/blogs/zidres-para-adjudicar-baldios-a-campesinos-es-como-asociar-los-zorros-con-las-gallinas-advierte-alejandro-reyes/</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">Castro, Y. (02 de Diciembre de 2013). <em>La reforma del rÃ©gimen de baldÃ­os: se necesita una polÃ­tica integral de tierras</em>. Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/7227-la-reforma-del-r%C3%A9gimen-de-bald%C3%ADos-se-necesita-una-pol%C3%ADtica-integral-de-tierras.html</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">ClarÃ­n. (15 de Febrero de 2014). <em>El cerrado es la clave del agro brasileÃ±o.</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://www.clarin.com/rural/cerrado-clave-agro-brasileno_0_1084691849.html</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">Dinero. (07 de Agosto de 2015). <em>AsÃ­ va la Ley que pretende organizar la entrega de baldÃ­os en la altillanura.</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://www.dinero.com/edicion-impresa/pais/articulo/asi-va-ley-pretende-organizar-entrega-baldios-altillanura-2015/210891</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">El Espectador. (26 de Septiembre de 2013). <em>«Divide y comprarÃ¡s»: Oxfam.</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://www.elespectador.com/noticias/politica/divide-y-compraras-oxfam-articulo-449011</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">Intaco Comunica. (11 de Noviembre de 2015). <em>No a las ZIDRES</em>. Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://linkis.com/www.youtube.com/gbvRz</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">KienyKe. (02 de Noviembre de 2015). <em>Â¿Quiere el Gobierno hacerle conejo a los campesinos con las tierras?</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://www.kienyke.com/politica/quiere-el-gobierno-hacerle-conejo-los-campesinos-con-las-tierras/</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">La Silla Rural. (11 de Noviembre de 2015). <em>Sobre ZIDRES y otras incongruenciasâ€¦.</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://lasillallena.lasillavacia.com/la-silla-rural/sobre-zidres-y-otras-incongruencias</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">OXFAM International. (2015). <em>Colombia: las falacias detrÃ¡s de ZIDRES, una ley de â€œsubdesarrollo ruralâ€.</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de https://www.oxfam.org/es/colombia-las-falacias-detras-de-zidres-una-ley-de-subdesarrollo-rural</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">Semana. (01 de Agosto de 2013). <em>El abuso de Riopaila y Cargill.</em> Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://www.semana.com/opinion/articulo/el-abuso-riopaila-cargill/352773-3</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">Senado de la RepÃºblica de Colombia. (Mayo de 2015). <em>Informe de ponencia para primer debate de proyecto de ley 223 de 2015 CÃ¡mara.</em> Recuperado el 06 de Noviembre de 2015, de http://www.imprenta.gov.co/gacetap/gaceta.mostrar_documento?p_tipo=22&amp;p_numero=223&amp;p_consec=41834</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">Senado de la RepÃºblica de Colombia. (Julio de 2015). <em>Informe de ponencia para segundo debate al proyecto de ley 223 de 2015 CÃ¡mara.</em> Recuperado el 06 de Noviembre de 2015, de http://senado.gov.co/az-legislativo/proyectos-de-ley</span></li>
<li><span data-mce-mark="1">Verfotosde.org. (s.f.). Recuperado el 12 de Noviembre de 2015, de http://mw2.google.com/mw-panoramio/photos/medium/38400418.jpg</span></li>
</ul>
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			</item>
		<item>
		<title>Los baldÃ­os en Colombia &#8211; Parte 3</title>
		<link>https://aneia.uniandes.edu.co/los-baldios-en-colombia-parte-3/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor Pixelpro]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Nov 2015 19:39:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Agricultura]]></category>
		<category><![CDATA[Baldios]]></category>
		<category><![CDATA[GestiÃƒÂ³n y territorio]]></category>
		<category><![CDATA[Politica]]></category>
		<category><![CDATA[Tierras]]></category>
		<category><![CDATA[Zidres]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>DespuÃ©s de haber hecho un juicioso anÃ¡lisis de las ventajas y desventajas de la Ley 160 de 1994 en el artÃ­culo Los baldÃ­os en Colombia â€“ Parte 2, en esta entrega voy a presentar en quÃ© consiste el proyecto de ley 223 que cursa su trÃ¡mite en el Congreso.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="text-align: justify;">Fuente Imagen: (Casa de Colombia)</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">El proyecto de ley fue presentado por el Gobierno, en cabeza del Ministro del Interior Juan Fernando Cristo (por impedimentos del Ministro de Agricultura, Aurelio Iragorri) el 16 de abril de este aÃ±o y constituye el sexto intento del presidente Juan Manuel Santos por modificar la Ley 160 de 1994. El proyecto ya fue aprobado en los primeros dos debates en la CÃ¡mara de Representantes y ahora espera la primera ponencia en la comisiÃ³n quinta del Senado.</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">El proyecto de ley 223 parte del supuesto de que Colombia dispone de un gran potencial agrÃ­cola para suplir la creciente demanda mundial de alimentos pero la legislaciÃ³n actual no permite el desarrollo productivo de regiones que requieren grandes inversiones de capital para ser rentables. La idea de que Colombia se convierta en una despensa mundial de alimentos para el aÃ±o 2030 no es descabellada puesto que, segÃºn la OrganizaciÃ³n Mundial para la Agricultura y la AlimentaciÃ³n (FAO), somos uno de los 7 paÃ­ses del mundo â€“junto con Argentina, Brasil, Bolivia, Angola, RepÃºblica DemocrÃ¡tica del Congo y SudÃ¡n- que todavÃ­a tiene la posibilidad de extender su frontera agrÃ­cola (Semana, 2010). Una de las oportunidades mÃ¡s claras que tiene el paÃ­s para aumentar la cantidad de tierra cultivable se encuentra en la Altillanura colombiana: se calcula que de las 7 millones de hectÃ¡reas que la componen, aproximadamente 4 millones podrÃ­an ser utilizadas para producir alimentos (Semana, 2012). Tal y como lo explica Juan Fernando Cristo, autor de la iniciativa, en la exposiciÃ³n de motivos del proyecto de ley, «<em>aunque esta regiÃ³n presenta excelentes condiciones de luminosidad, brillo solar, y temperatura, sus suelos presentan baja fertilidad debido a los elevados niveles de acidez, alta saturaciÃ³n de aluminio, bajos contenidos de materia orgÃ¡nica y muy baja saturaciÃ³n de bases intercambiables como calcio, magnesio y potasio. AdemÃ¡s, la oferta hÃ­drica de la regiÃ³n es abundante entre abril y noviembre, pero tiene una fuerte temporada seca entre diciembre y marzo que se intensifica a medida que se avanza hacia el oriente de la regiÃ³n. Lo anterior hace que los proyectos productivos agrÃ­colas en la Altillanura deban hacer uso de un complejo paquete tecnolÃ³gico en temas de pastos, mejoramiento genÃ©tico, recuperaciÃ³n de suelos, desarrollo de nuevas variedades de semillas, manejo de las plagas, uso eficiente del recurso hÃ­drico y adaptaciÃ³n al cambio climÃ¡tico. El desarrollo y la utilizaciÃ³n de este paquete tecnolÃ³gico es exigente en inversiones de capital, y el retomo a la inversiÃ³n solamente se garantiza en la medida en que se pueda aplicar en superficies que generen economÃ­as de escala para bajar los costos unitarios de producciÃ³n</em>» (Juan Fernando Cristo Bustos, 2015).</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">Con base en lo anterior y entendiendo que existen zonas del paÃ­s en donde alcanzar altos niveles de productividad exige mayores esfuerzos tanto econÃ³micos como de asociatividad, el proyecto de ley 223 del 2015 propone la creaciÃ³n de Zonas de InterÃ©s de Desarrollo Rural, EconÃ³mico y Social (Zidres) como zonas especiales de aptitud agropecuaria, ubicadas en territorio nacional, aisladas  de los centros urbanos mÃ¡s significativos y que demandan elevados costos de adaptaciÃ³n productiva. Las Zidres se caracterizan por tener baja densidad poblacional y altos Ã­ndices de pobreza, carecen de infraestructura mÃ­nima para el transporte y comercializaciÃ³n de los productos y, por sus caracterÃ­sticas agrolÃ³gicas y climÃ¡ticas, resultan inapropiadas para desarrollar unidades de producciÃ³n familiar que fomenten proyectos productivos que beneficien a los trabajadores agrarios sin tierra y que promueva la inversiÃ³n de capital en el agro. En ese orden de ideas, las Zidres estÃ¡n destinadas a: 1) Promover la inclusiÃ³n social del trabajador agrario como agente social productivo; 2) Aumentar la productividad sostenible de la tierra; 3) Promover el desarrollo social y econÃ³mico de la zona; 4) Mejorar las condiciones agrolÃ³gicas del suelo; 5) Incentivar la conservaciÃ³n del medio ambiente; 6) Promover el acceso y la regularizaciÃ³n de la propiedad de la tierra a los trabajadores agrarios; 7) Promover el empleo rural y la seguridad alimentaria.</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div><img decoding="async" class="aligncenter" src="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/images/Alejandro_Perdomo_Barajas/baldios%202.jpg" alt="baldios 2" width="450" height="341" /></div>
<div style="text-align: center;"> Fuente: (Radio Macondo, 2014)</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">La identificaciÃ³n de las Ã¡reas potenciales para declarar una Zidres serÃ¡ establecida por la Unidad de PlneaciÃ³n Rural Agropecuaria (UPRA), la delimitaciÃ³n serÃ¡ constituida por el Gobierno Nacional a travÃ©s de documento CONPES y la aprobaciÃ³n se efectuarÃ¡ a travÃ©s del Consejo de Ministros mediante decreto. Para la delimitaciÃ³n de las ZIDRES serÃ¡ indiferente que los predios cobijados sean de propiedad privada o pÃºblica y cuando en  estas zonas se encuentren proyectos productivos cuyos usos del suelo no se ajusten a las establecidas por la UPRA, se establecerÃ¡ un rÃ©gimen de transiciÃ³n y acompaÃ±amiento que estimule la reconversiÃ³n productiva de estos proyectos hacia los estÃ¡ndares fijados por la entidad. Tampoco podrÃ¡n constituirse Zidres en territorios que comprendan, siquiera parcialmente, zonas de reserva campesina, resguardos indÃ­genas y territorios colectivos titulados o en trÃ¡mite de constituciÃ³n.</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">El proyecto de ley plantea varios esquemas para los proyectos productivos en las Zidres. Estos pueden ser desarrollados por personas naturales, jurÃ­dicas, o por empresas asociativas. El ejecutor del proyecto productivo podrÃ¡ arrendar, utilizar, explotar, adquirir, recibir en aporte predios lÃ­citamente obtenidos o asociarse con los propietarios campesinos que no deseen desprenderse del derecho del dominio, hasta completar el Ã¡rea requerida para el proyecto. No existe la obligaciÃ³n explÃ­cita de involucrar a los campesinos en los proyectos productivos pero, en caso de hacerlo, la empresa asociativa se hace beneficiaria de una polÃ­tica de incentivos y estÃ­mulos que incluyen lÃ­neas de crÃ©ditos, estÃ­mulos a la promociÃ³n, formaciÃ³n y capacitaciÃ³n de los campesinos, respaldo a travÃ©s del Fondo Agropecuario de GarantÃ­as entre otros. Asimismo, la asociatividad con campesinos se puede dar independiente de si Ã©stos tengan o no tengan la propiedad de la tierra. Si el campesino asociado no tiene tierra, el proyecto productivo deberÃ¡ establecer un mecanismo que permita que, antes de los tres primeros aÃ±os de iniciado el proyecto, estos se hagan propietarios de un porcentaje de la misma definido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR), de acuerdo al proyecto productivo y a la capacidad financiera de quien lo adelante.</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">Los proyectos productivos tambiÃ©n se podrÃ¡n adelantar en bienes inmuebles de la naciÃ³n, es decir, en los terrenos baldÃ­os con la condiciÃ³n de asociar a los campesinos al proyecto. El proyecto de ley establece que se podrÃ¡ solicitar al Gobierno Nacional la entrega en concesiÃ³n, arrendamiento o cualquier otra modalidad contractual no traslaticia de dominio, de bienes inmuebles de la NaciÃ³n ubicados en las Zidres, con la obligaciÃ³n de integrar como asociados al pequeÃ±o o al mediano productor. La entrega de los bienes inmuebles de la NaciÃ³n, bajo cualquier modalidad, darÃ¡ lugar al pago de una contraprestaciÃ³n monetaria que serÃ¡ definida por el Gobierno Nacional, atendiendo las variables relacionadas con el Ã¡rea del terreno y los volÃºmenes de producciÃ³n. Dentro del documento contractual tambiÃ©n se deberÃ¡ incluir las condiciones Ã³ptimas en que la tierra debe ser devuelta tras la culminaciÃ³n del contrato, como tambiÃ©n las garantÃ­as correspondientes y las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones del contratista. De igual forma, las personas que se encuentren ocupando predios baldÃ­os y que, a la fecha de la declaratoria de las Zidres no cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 160 de 1994 para ser beneficiarios de la titulaciÃ³n de los predios ocupados, podrÃ¡n vincularse a los proyectos productivos que tengan el carÃ¡cter de asociativos.</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div> <img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter" src="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/images/Alejandro_Perdomo_Barajas/baldio%201.jpg" alt="baldio 1" width="450" height="246" /></div>
<div style="text-align: center;">Fuente: (Semana, 2013)</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">Grosso modo, Ã©ste es el proyecto de ley que cursa en actualmente en el Congreso. Aunque pareciera que su razÃ³n de ser estÃ¡ justificada en factores inherentes a la condiciones de la Altillanura colombiana -que exigen un modelo productivo a gran escala para ser rentable- el proyecto deja muchas dudas con respecto a la asociatividad de los campesinos y a la aparente legalizaciÃ³n en la acumulaciÃ³n de tierras baldÃ­as -o tierras originalmente adjudicadas como baldÃ­as- que favorecerÃ­a a grandes empresarios que reportan millonarias inversiones en la regiÃ³n. No en vano han aparecido fuertes crÃ­ticas al proyecto de ley por parte de diversos sectores como el Polo DemocrÃ¡tico en cabeza de los congresistas Jorge Enique Robledo y Inti Asprilla, organizaciones como OXFAM, Codhes, Cinep, Cumbre Agraria, ComisiÃ³n Colombiana de Juristas, entre otras. En la prÃ³xima entrega, harÃ© una exposiciÃ³n detallada de las crÃ­ticas contra el proyecto como tambiÃ©n de los argumentos que lo defienden. Sin duda alguna, la propiedad de la tierra en Colombia es un tema muy controversial, que admite varias lecturas y estÃ¡ lejos de solucionarse con la promulgaciÃ³n de una ley.</div>
<div></div>
<div><strong>@aperdomo91</strong><strong> </strong></div>
<div></div>
<div><strong>BibliografÃ­a</strong></div>
<div></div>
<ul>
<li>Canal Capital. (26 de Noviembre de 2014). <i>â€˜Zidresâ€<img src="https://s.w.org/images/core/emoji/17.0.2/72x72/2122.png" alt="™" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" /> para adjudicar baldÃ­os a campesinos es como asociar los zorros con las gallinas</i>. Recuperado el 30 de Octubre de 2015, de <a href="http://www.canalcapital.gov.co/blogs/zidres-para-adjudicar-baldios-a-campesinos-es-como-asociar-los-zorros-con-las-gallinas-advierte-alejandro-reyes/">http://www.canalcapital.gov.co/blogs/zidres-para-adjudicar-baldios-a-campesinos-es-como-asociar-los-zorros-con-las-gallinas-advierte-alejandro-reyes/</a></li>
<li>Casa de Colombia. (s.f.). <i><a href="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/index.php/tematicas/gestionyterritorio/351-los-baldios-en-colombia-parte-3#ad-image-0">http://www.casadecolombia.travel/en/tours_post/llanos-orientales-region/#ad-image-0</a></i>. Recuperado el 05 de Noviembre de 2015, de <a href="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/index.php/tematicas/gestionyterritorio/351-los-baldios-en-colombia-parte-3#ad-image-0">http://www.casadecolombia.travel/en/tours_post/llanos-orientales-region/#ad-image-0</a></li>
<li>Juan Fernando Cristo Bustos. (16 de Abril de 2015). Recuperado el 05 de Noviembre de 2015, de<a href="http://www.imprenta.gov.co/gacetap/gaceta.mostrar_documento?p_tipo=05&amp;p_numero=223&amp;p_consec=41569">http://www.imprenta.gov.co/gacetap/gaceta.mostrar_documento?p_tipo=05&amp;p_numero=223&amp;p_consec=41569</a></li>
<li>Radio Macondo. (13 de Noviembre de 2014). <i>Nuevo proyecto de tierras afecta al campesinado</i>. Recuperado el 05 de Noviembre de 2015, de <a href="http://radiomacondo.fm/2014/11/13/nuevo-proyecto-de-tierras-afecta-al-campesinado/">http://radiomacondo.fm/2014/11/13/nuevo-proyecto-de-tierras-afecta-al-campesinado/</a></li>
<li>Semana. (2012). <i>Â¿Futura despensa?</i> Recuperado el 31 de Octubre de 2015, de <a href="http://www.semana.com/especiales/pilares-tierra/futura-despensa.html">http://www.semana.com/especiales/pilares-tierra/futura-despensa.html</a></li>
<li>Semana. (06 de Noviembre de 2010). <i>El &#8216;Cerrado&#8217; colombiano</i>. Recuperado el 30 de Octubre de 2015, de<a href="http://www.semana.com/economia/articulo/el-cerrado-colombiano/124179-3">http://www.semana.com/economia/articulo/el-cerrado-colombiano/124179-3</a></li>
<li>Semana. (09 de Julio de 2013). <i>Funcionarios en aprietos por falsos tÃ­tulos de baldÃ­os</i>. Recuperado el 05 de Noviembre de 2015, de <a href="http://www.semana.com/nacion/articulo/funcionarios-aprietos-falsos-titulos-baldios/350190-3">http://www.semana.com/nacion/articulo/funcionarios-aprietos-falsos-titulos-baldios/350190-3</a></li>
</ul>
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]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Los baldÃ­os en Colombia &#8211; Parte 2</title>
		<link>https://aneia.uniandes.edu.co/los-baldios-en-colombia-parte-2/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor Pixelpro]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Oct 2015 19:14:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Agricultura]]></category>
		<category><![CDATA[Baldios]]></category>
		<category><![CDATA[GestiÃƒÂ³n y territorio]]></category>
		<category><![CDATA[Politica]]></category>
		<category><![CDATA[Tierras]]></category>
		<category><![CDATA[UAF]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En mi artÃ­culo pasado -Los baldÃ­os en Colombia â€“ Parte 1-, luego de haber hecho una introducciÃ³n al tema de los baldÃ­os en Colombia y de haber realizado un breve recorrido histÃ³rico de cÃ³mo se ha manejado ese tema en el paÃ­s, encontrÃ© que durante el siglo XIX y XX no hubo una polÃ­tica clara frente a la reparticiÃ³n y titulaciÃ³n de tierras baldÃ­as.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div>Fuente Imagen: (INCODER, 2012)</div>
<div></div>
<div style="text-align: justify;">MÃ¡s aÃºn, las leyes promulgadas durante este periodo parecieron favorecer la acumulaciÃ³n de tierras en manos de grandes terratenientes y contribuyeron en gran medida a suscitar grandes conflictos por la tierra entre Ã©stos Ãºltimos y los colonos campesinos. En este artÃ­culo voy a exponer la Ley 160 de 1994 que corresponde a la legislaciÃ³n actual y vigente frente al tema de baldÃ­os y voy analizar sus ventajas, defectos y el impacto que Ã©sta ha tenido en el desarrollo del paÃ­s</div>
<div style="text-align: justify;">Al igual que nuestra ConstituciÃ³n PolÃ­tica, la prosa de la Ley 160 de 1994 es grandilocuente y pareciera corresponder mÃ¡s a un paÃ­s escandinavo que a la idiosincrasia tropical colombiana. Los principios rectores son nobles, justos y loables y es difÃ­cil que cualquier colombiano, con un mÃ­nimo de consciencia social, los encuentre desafortunados. La Ley estÃ¡ inspirada en el precepto constitucional segÃºn el cual es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios. En ese sentido, la Ley define 9 objetivos dentro de los que se destacan promover y consolidar la Paz, reformar la estructura social agraria por medio de procedimientos encaminados a eliminar y prevenir la inequitativa concentraciÃ³n de la propiedad, elevar el nivel de vida de los campesinos, fomentar la adecuada explotaciÃ³n de tierras incultas, ociosas o deficientemente aprovechadas y regular la ocupaciÃ³n y aprovechamiento de las tierras baldÃ­as de la NaciÃ³n, dando preferencia en su adjudicaciÃ³n a los campesinos de escasos recursos (SecretarÃ­a Senado, 1994).Para cumplir con tan plausibles propÃ³sitos, la Ley materializa su deseo manifiesto de equidad y justicia social introduciendo el polÃ©mico concepto de las Unidades AgrÃ­colas Familiares (UAF). La Unidad AgrÃ­cola Familiar (UAF) es una unidad de medida para la producciÃ³n agrÃ­cola, pecuaria, acuÃ­cola o forestal cuya extensiÃ³n no sÃ³lo garantiza el sustento bÃ¡sico a una familia sino que tambiÃ©n produce excedentes que le ayudan a la formaciÃ³n de su patrimonio. Se calcula que una UAF explotada correctamente le puede producir a una familia campesina el equivalente a 3 salarios mÃ­nimos mensuales, es decir, alrededor de $1.800.000 pesos (El PaÃ­s, 2013). Dependiendo de las caracterÃ­sticas propias del suelo de cada regiÃ³n, el tamaÃ±o de las UAF puede ir desde 2 hectÃ¡reas en UbatÃ© hasta 2.269 en el CaguÃ¡n (El PaÃ­s, 2013).</p>
<p>Pero mÃ¡s allÃ¡ de una unidad de medida, las UAF estÃ¡n pensadas como instrumento para llevar a cabo una polÃ­tica redistributiva de la tierra y evitar la acumulaciÃ³n de grandes extensiones de tierras baldÃ­as. El artÃ­culo 65 de la Ley 160 establece que la propiedad de los terrenos baldÃ­os adjudicables sÃ³lo puede adquirirse mediante tÃ­tulo traslaticio de dominio otorgado por el Estado a travÃ©s del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -INCODER-. La Ley seÃ±ala que los terrenos baldÃ­os de la NaciÃ³n tienen una destinaciÃ³n exclusiva para familias pobres (artÃ­culo 67, parÃ¡grafo 2) y para lograr la adjudicaciÃ³n, tanto para personas naturales como jurÃ­dicas, se deben cumplir con ciertas condiciones: (1) el terreno que se adjudica no puede ser mayor a una UAF; (2) se debe demostrar la explotaciÃ³n de mÃ¡s de dos terceras partes del predio y esta se debe hacer con la aptitud especifica seÃ±alada en la Ley; (3) tiene que haber sido ocupado por mÃ¡s de 5 aÃ±os; (4) el adjudicatario no puede contar con un patrimonio neto superior a 1.000 salarios mÃ­nimos mensuales legales; y (5) no se pueden titular predios baldÃ­os a personas naturales o jurÃ­dicas que ya sean propietarias o poseedoras, a cualquier tÃ­tulo, de otros predios rurales en el territorio nacional (Observatorio de RestituciÃ³n y RegulaciÃ³n de Derechos de Propiedad Agraria). Luego de recibir la adjudicaciÃ³n de las tierras baldÃ­as, el campesino puede venderlas so pena de no poder obtener una nueva adjudicaciÃ³n por un periodo de 15 aÃ±os. Sin embargo, la Ley tambiÃ©n seÃ±ala que en ningÃºn caso, un titular podrÃ¡ ejercer dominio, posesiÃ³n o tenencia de mÃ¡s de una UAF (artÃ­culo 40, numeral 5), con el fin de restringir la acumulaciÃ³n de tierras baldÃ­as y tampoco se podrÃ¡ fraccionar el terreno en un tamaÃ±o inferior al fijado por la UAF (artÃ­culo 44). Finalmente, la Ley dota al Estado de la facultad de enajenar y recuperar las tierras baldÃ­as cuando se compruebe la violaciÃ³n sobre las normas de conservaciÃ³n y aprovechamiento de los recursos naturales y por el incumplimiento de las obligaciones y condiciones bajo las cuales se produjo la adjudicaciÃ³n.</p>
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<div><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter" src="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/images/Alejandro_Perdomo_Barajas/222_campesinos.jpg" alt="222 campesinos" width="450" height="305" /></div>
<div style="text-align: center;">Fuente: (Ola PolÃ­tica)</div>
<div style="text-align: justify;">Como se puede observar, la Ley 160 de 1994 es una ley audaz que defiende el derecho a la propiedad de los campesinos y que, promulgada aÃ±os atrÃ¡s, nos hubiera ahorrado infinitud de conflictos. Sin embargo, se debe reconocer que las prohibiciones de la Ley chocan de frente con los intereses de grandes inversionistas que se han servido de artimaÃ±as jurÃ­dicas para apropiarse indebidamente de grandes extensiones de tierras baldÃ­as aprovechando la debilidad de los organismos de control. Se calcula que en la Ãºltima dÃ©cada, el paÃ­s ha entregado 2.445.000 hectÃ¡reas de baldÃ­os a 85.219 personas y aproximadamente la tercera parte de estas asignaciones (alrededor de 800.000 hectÃ¡reas) fueron adjudicadas de forma irregular y estÃ¡n siendo objeto de investigaciÃ³n (Semana, 2013). TambiÃ©n se estima que el 70% de los predios adjudicados ya no estÃ¡n en manos de los campesinos (El Tiempo, 2015). De ahÃ­ que el Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique VÃ©lez, asegure que â€œno me queda duda de que este es el fraude agrario mÃ¡s grande del paÃ­sâ€ (Semana, 2012).Aunque, sin lugar a dudas,  la Ley es bien intencionada, hay ciertos problemas que se derivan de su aplicaciÃ³n. La Ley permite la adjudicaciÃ³n de tierras baldÃ­as a todos aquellos colombianos con un patrimonio inferior a 1.000 salarios mÃ­nimos, es decir, 640 millones de pesos. Sin embargo, la realidad del paÃ­s muestra que de los 47 millones de habitantes del paÃ­s, sÃ³lo 162.000 declaran un patrimonio superior a esa cifra (Semana, 2013). En otras palabras, todos los colombianos tienen derecho a ese beneficio y aquellos que no, son los empresarios que disponen de grandes capitales y que dicen ser los Ãºnicos que pueden realizar las inversiones necesarias para desarrollar macro proyectos agrÃ­colas con economÃ­as de escala.</p>
<p>De hecho, ese es uno de los argumentos mÃ¡s fuertes en contra de la Ley. La  restricciÃ³n en la acumulaciÃ³n de tierras impuesta por las UAF va en contravÃ­a del desarrollo agrario del paÃ­s. El modelo de las UAF puede ser efectivo en tierras muy fÃ©rtiles aptas para ser trabajadas por el pequeÃ±o campesino como las de CÃ³rdoba, Magdalena Medio o el Valle del Cauca. De hecho en estas regiones hay una alta concentraciÃ³n de tierras en latifundios ociosos, disfrazadas de ganaderÃ­a extensiva, que concentran el mayor potencial del paÃ­s para una reforma agraria redistributiva (Posada, 2014). Por el contrario, la altillanura del Meta y del Vichada se caracteriza por ser una zona de suelos orgÃ¡nicos extremadamente Ã¡cidos y pobres en nutrientes, que necesita de grandes capitales para volverse productiva por medio de un modelo con economÃ­as de escala, en grandes territorios y a mediano plazo (Posada, 2014). El investigador y asesor del Gobierno, Alejandro Reyes, estima que crear suelo orgÃ¡nico apto para cultivar cuesta 10 millones de pesos por hectÃ¡rea y la capa vegetal tarda entre 4 y 5 aÃ±os en crecer, lo cual, lÃ³gicamente, se encuentra por fuera de las posibilidades de un campesino dueÃ±o de una UAF de 1.725 hectÃ¡reas en el Vichada (Canal Capital, 2014).</p>
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<div style="text-align: justify;"></div>
<div><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter" src="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/images/Alejandro_Perdomo_Barajas/2222altillanura.jpg" alt="2222altillanura" width="450" height="240" /></div>
<div style="text-align: center;">Fuente: (Cosmoagro, 2011)</div>
<div style="text-align: justify;">Otro problema que ha tenido la Ley, es la falta de claridad en su interpretaciÃ³n jurÃ­dica. La Ley seÃ±ala que ninguna persona podrÃ¡ adquirir la propiedad sobre terrenos inicialmente adjudicados como baldÃ­os por una extensiÃ³n superior a la UAF. De acuerdo con la interpretaciÃ³n tradicional del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria â€“INCORA- y del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural â€“INCODER- la expresiÃ³n â€œinicialmente adjudicados como baldÃ­osâ€ significa baldÃ­os adjudicados en el pasado, incluso antes de la expediciÃ³n de la Ley en 1994 (Castro, 2013). En materia prÃ¡ctica, esto significa que a una persona a quien le fueron adjudicadas tierras baldÃ­as de mÃ¡s de una UAF antes de 1994, debe fraccionar su terreno en varias UAF para poder vender su finca hoy y cumplir con la norma actual. Asimismo, si una persona quiere comprar una finca que fue originalmente baldÃ­o de la NaciÃ³n hace 10 o 20 aÃ±os, lo podrÃ¡ hacer siempre y cuando no supere la extensiÃ³n de la UAF correspondiente.El problema con esta disposiciÃ³n es que, como se sabe, la mayor parte de las tierras privadas existentes en Colombia fueron originalmente baldÃ­os de la NaciÃ³n (Castro, 2013). Sin embargo, en la mayorÃ­a de los predios es difÃ­cil trazar documentalmente el origen de la propiedad  hasta la primera adjudicaciÃ³n como baldÃ­o, y en muchos casos no se puede ir mÃ¡s atrÃ¡s de sentencias de pertenencia y tÃ­tulos de transferencia entre particulares (Castro, 2013). Considerando solamente los baldÃ­os adjudicados a partir de 1960, es posible identificar 503.191 predios con una extensiÃ³n total de 19,3 millones de hectÃ¡reas que representan aproximadamente el 50% del Ã¡rea total de los predios rurales privados (Castro, 2013).  Es decir, bajo la interpretaciÃ³n tradicional la Ley, Â¡la aplicaciÃ³n estricta de la prohibiciÃ³n de acumular tierras originalmente baldÃ­as aplica en aproximadamente el 50% de las tierras de propiedad privada!</p>
<p>De igual forma, a pesar de que ninguna ley es retroactiva y se respetan las adquisiciones y acumulaciones superiores a la UAF realizadas antes de 1994, un concepto del Consejo de Estado del aÃ±o 2009 estableciÃ³ que no sÃ³lo son ilegales las apropiaciones de baldÃ­os posteriores a la Ley 160 de 1994, sino todas las que se remonten hasta 1961 (Consejo de Estado, 2009). Esto Ãºltimo no sÃ³lo es absurdo sino inviable ya que dichas transacciones se remontarÃ­an a 52 aÃ±os de historia y dada la informalidad del paÃ­s, no hay posibilidad de que exista la documentaciÃ³n confiable para poder rastrearlas (Semana, 2013). Aunque los conceptos del Consejo de Estado son apenas opiniones que no exigen obligatorio cumplimiento, sÃ­ generan peso y ruido en medio de una controversia como Ã©sta. El gran problema estructural implÃ­cito en todo este debate es que nadie sabe cuÃ¡ntas hectÃ¡reas son de la NaciÃ³n ya que la ineficiencia del Estado no ha permitido contar con un inventario real y actualizado de las tierras pÃºblicas y privadas. En buena medida, la ausencia del mismo ha servido como un aliciente a la tenencia irregular en la propiedad de la tierra.</p>
<p>La Corte Constitucional tambiÃ©n se ha pronunciado frente al tema declarando inexequibles los proyectos agroindustriales dispuestos en el Plan de Desarrollo 2010-2014 (Ley 1450 del 2011) que se habrÃ­an de desarrollar en el Llano y la OrinoquÃ­a, a travÃ©s de la sentencia C-644 del 2012 (Corte Constitucional, 2012). Hasta la fecha ha habido inversiones por mÃ¡s de 1.000 millones de dÃ³lares por varios de los grandes empresarios mÃ¡s importantes de Colombia como Luis Carlos Sarmiento, Alejandro Santodomingo, la familia Eder y empresas como La Fazenda, y se han congelado otras inversiones adicionales por otros 1.000 millones de dÃ³lares (Semana, 2013). El reto que tiene el Gobierno, las Cortes y el Congreso es poder encontrar una fÃ³rmula que permita un modelo bimodal, que logre la convergencia de la economÃ­a campesina y los macroproyectos agrÃ­colas para el desarrollo equitativo y el beneficio mutuo en regiones histÃ³ricamente apartadas y olvidadas. Hoy, en un posible escenario de post acuerdo, es imprescindible darle seguridad jurÃ­dica a los propietarios rurales y definir la manera como se va a alimentar el cacareado Fondo de Tierras que va a distribuir predios a campesinos y a proyectos asociativos. Pero mÃ¡s allÃ¡ de discutir y resolver el tema de la titulaciÃ³n y la propiedad de las tierras, debemos preguntarnos Â¿cÃ³mo podemos hacerlas mÃ¡s productivas de tal manera que podamos cumplir con la proyecciÃ³n de convertirnos en la sexta despensa mundial de alimentos y garantizar la seguridad alimentaria del paÃ­s?</p>
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<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;"><strong>@aperdomo91</strong></div>
<div><strong> </strong></div>
<div><strong><b>BibliografÃ­a</b></strong></div>
<ul>
<li>Canal Capital. (26 de Noviembre de 2014). <i>â€˜Zidresâ€<img src="https://s.w.org/images/core/emoji/17.0.2/72x72/2122.png" alt="™" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" /> para adjudicar baldÃ­os a campesinos es como asociar los zorros con las gallinas</i>. Recuperado el 29 de Octubre de 2015, de <a href="http://www.canalcapital.gov.co/blogs/zidres-para-adjudicar-baldios-a-campesinos-es-como-asociar-los-zorros-con-las-gallinas-advierte-alejandro-reyes/">http://www.canalcapital.gov.co/blogs/zidres-para-adjudicar-baldios-a-campesinos-es-como-asociar-los-zorros-con-las-gallinas-advierte-alejandro-reyes/</a></li>
<li>Castro, Y. (17 de Octubre de 2011). <i>La tierra y cÃ³mo repartirla: el caso de la Unidad AgrÃ­cola Familiar.</i> Recuperado el 23 de Octubre de 2015, de <a href="http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/2472-la-tierra-y-como-repartirla-el-caso-de-la-unidad-agricola-familiar.html">http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/2472-la-tierra-y-como-repartirla-el-caso-de-la-unidad-agricola-familiar.html</a></li>
<li>Castro, Y. (02 de Diciembre de 2013). <i>La reforma del rÃ©gimen de baldÃ­os: se necesita una polÃ­tica integral de tierras</i>. Recuperado el 29 de Octubre de 2015, de <a href="http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/7227-la-reforma-del-r%C3%A9gimen-de-bald%C3%ADos-se-necesita-una-pol%C3%ADtica-integral-de-tierras.html">http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/7227-la-reforma-del-r%C3%A9gimen-de-bald%C3%ADos-se-necesita-una-pol%C3%ADtica-integral-de-tierras.html</a></li>
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<li>Semana. (27 de Julio de 2013). <i>SoluciÃ³n salomÃ³nica para el lÃ­o de tierras.</i> Recuperado el 23 de Octubre de 2015, de<a href="http://www.semana.com/nacion/articulo/solucion-salomonica-para-lio-tierras/352264-3">http://www.semana.com/nacion/articulo/solucion-salomonica-para-lio-tierras/352264-3</a></li>
</ul>
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			</item>
		<item>
		<title>Los baldÃ­os en Colombia â€“ Parte 1</title>
		<link>https://aneia.uniandes.edu.co/los-baldios-en-colombia-parte-1/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor Pixelpro]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 22 Oct 2015 18:53:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Agricultura]]></category>
		<category><![CDATA[Baldios]]></category>
		<category><![CDATA[GestiÃƒÂ³n y territorio]]></category>
		<category><![CDATA[Politica]]></category>
		<category><![CDATA[Tierras]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Hoy, en pleno siglo 21, Colombia aÃºn no sabe cuÃ¡ntos baldÃ­os tiene ni mucho menos en manos de quiÃ©nes estÃ¡n.</p>
<p>La entrada <a href="https://aneia.uniandes.edu.co/los-baldios-en-colombia-parte-1/">Los baldÃ­os en Colombia â€“ Parte 1</a> se publicó primero en <a href="https://aneia.uniandes.edu.co">ANeIA | Universidad de los Andes - AGRONEGOCIOS E INDUSTRIA DE ALIMENTOS</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div>
<div> ImagÃ©n Fuente: (Ãmbito JurÃ­dico, 2015)</div>
<div></div>
</div>
<div style="text-align: justify;">Un dato aproximado seÃ±ala que en el paÃ­s puede haber mÃ¡s de 4.000.0000 de hectÃ¡reas de tierras baldÃ­as (El Tiempo, 2015). Seguramente muchos colombianos aÃºn recuerdan el episodio en el que los senadores del Polo DemocrÃ¡tico, Jorge Enrique Robledo y Wilson Arias, denunciaron las irregularidades en la adquisiciÃ³n de terrenos baldÃ­os de la OrinoquÃ­a por parte de Riopaila Castilla y la multinacional americana Cargill, a travÃ©s de una maniobra jurÃ­dica diseÃ±ada por la prestigiosa firma de abogados Brigard &amp; Urrutia. En ese entonces, Carlos Urrutia, socio principal de la firma de abogados, fungÃ­a como embajador de Colombia en Washington y debido a las dimensiones que adquiriÃ³ el escÃ¡ndalo nacional se vio obligado a renunciar. Posteriormente el Gobierno, en cabeza del Ministro de Agricultura RubÃ©n DarÃ­o Lizarralde presentÃ³ al Congreso un proyecto de ley sobre baldÃ­os (conocido como la Ley Urrutia â€“ Lizarralde) que permitÃ­a la acumulaciÃ³n de las Unidades AgrÃ­colas Familiares (UAF). Las numerosas preocupaciones que generÃ³ el proyecto de ley por parte de varios sectores de la sociedad y mÃ¡s especÃ­ficamente, los cuestionamientos que le hizo el senador Robledo al Ministro Lizarralde por sus actuaciones como gerente de Indupalma, llevÃ³ al Presidente Santos a retirar el proyecto de ley. A pesar que estos incidentes ocurrieron en el aÃ±o 2013, la polÃ©mica por el uso y adjudicaciÃ³n de tierras baldÃ­as sigue vigente. Actualmente se estÃ¡ tramitando en el Congreso un proyecto casi idÃ©ntico al anterior, para la creaciÃ³n de Zonas de InterÃ©s de Desarrollo Rural, EconÃ³mico y Social (ZIDRES) con el propÃ³sito de permitir el desarrollo de zonas apartadas del paÃ­s, entre estas, la altillanura colombiana.</div>
<div></div>
<div><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter" src="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/images/Alejandro_Perdomo_Barajas/robledio_lizarralde.jpg" alt="robledio lizarralde" width="450" height="166" /></div>
<div style="text-align: center;">Fuente: (HSBnoticias.com, 2013)</div>
<div></div>
<div style="text-align: justify;">La discusiÃ³n de cÃ³mo se deben adjudicar los baldÃ­os que todavÃ­a tiene Colombia nos compete a todos ya que va mÃ¡s allÃ¡ de un simple proceso de titularizaciÃ³n de la propiedad. Es un debate profundo que nos debe llevar a reflexionar sobre cuÃ¡l es el modelo de desarrollo econÃ³mico que queremos para el paÃ­s. Si bien Colombia no puede oponerse al desarrollo de proyectos agroindustriales que demandan grandes extensiones de tierra, tampoco se puede desconocer el derecho primordial que tienen los campesinos mÃ¡s pobres del paÃ­s de tener un pedazo de tierra para trabajar. Probablemente, la soluciÃ³n se encuentre en un punto intermedio, un modelo mixto que permita la coexistencia y colaboraciÃ³n entre los dos tipos de desarrollo. En este artÃ­culo y en los prÃ³ximos, voy a analizar de la manera mÃ¡s imparcial posible los argumentos a favor y en contra del actual proyecto de ley que se viene adelantando en el Congreso. Pero para entender las implicaciones del mismo, primero es necesario revisar la historia de cÃ³mo se ha tratado el tema de adjudicaciÃ³n baldÃ­os en el paÃ­s y las diferentes leyes que se han expedido para intentar regularlo.</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">La historia de la adjudicaciÃ³n de los baldÃ­os en Colombia es extensa pero se caracteriza por tres momentos crÃ­ticos. En el siglo XIX la polÃ­tica de tierras estuvo destinada a, por un lado, fomentar el crecimiento rural y la colonizaciÃ³n, y por el otro fue una fuente de ingresos para el Estado, que vendÃ­a los baldÃ­os al mejor postor para cubrir dÃ©ficits fiscales o los entregaba en concesiÃ³n para pagar deudas pÃºblicas. Esta polÃ­tica fue generosa en fomentar una estructura agraria bimodal en manos de terratenientes y de colonos. Al momento de la independencia, las tierras en Colombia ya estaban concentradas en una pequeÃ±a oligarquÃ­a, no necesariamente con tÃ­tulos ajustados a la ley. Sin embargo existÃ­an todavÃ­a grandes extensiones de tierras sin asignar y legalizar. Las modalidades de apropiaciÃ³n y concentraciÃ³n de tierras desde la independencia fueron muchas y variadas como la venta de baldÃ­os para pagar la deuda pÃºblica (venta de bonos a cambio de tierras), la venta directa, tierras ofrecidas a inmigrantes extranjeros, colonizaciÃ³n interior por empresarios o campesinos colonos, entrega de baldÃ­os a cambio de la construcciÃ³n de obras pÃºblicas  hasta incluso el otorgamiento de tierras a militares por sus contribuciones a la independencia, en muchas otras modalidades.</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">El perÃ­odo entre 1870 y 1920 fue de intensas confrontaciones entre colonos campesinos y grandes terratenientes. Era tÃ­pico para la Ã©poca argumentar que los campesinos y colonos eran personas ignorantes que ni conocÃ­an ni aplicaban la ley y tampoco estaban en capacidad de usar recursos para poner a producir la tierra de la que disponÃ­an. Por otro lado, las familias prestantes y empresarios pretendÃ­an establecer derechos privados sobre los baldÃ­os y convertir a los campesinos en trabajadores dependientes. Con los recursos econÃ³micos derivados de la economÃ­a exportadora y con sus conexiones polÃ­ticas, los empresarios utilizaron su poder para oponerse al derecho de propiedad a favor de campesinos y colonos. No debe entonces sorprendernos que hoy en dÃ­a, los mismos argumentos y mecanismos son utilizados por polÃ­ticos y empresarios para justificar proyectos agroindustriales de gran escala en tierras baldÃ­as de la NaciÃ³n. La Ley 61 de 1874 intentÃ³ determinar el uso de la tierra en cultivos como el criterio de asignaciÃ³n de los baldÃ­os cualquiera fuera su extensiÃ³n, entregando otra extensiÃ³n adyacente de igual tamaÃ±o si se vivÃ­a y trabajaba en ella. Pero tambiÃ©n animÃ³ a personas ricas a tener todas las tierras que pudieran pagar. Los conflictos continuaron de tal manera que la Ley 48 de 1882 reconociÃ³ a los colonos como independientes y definiÃ³ entre sus objetivos que<em> â€œlos cultivadores de las tierras baldÃ­as establecidos en ellas con caza y labranza, serÃ¡n considerados como poseedores de buena fe y no podrÃ¡n ser privados de la posesiÃ³n sino por sentencia dictada en juicio civil ordinarioâ€</em> (Las 2 Orillas, 2014).</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;"> El segundo momento crÃ­tico se dio entre 1928 y 1936 con las mÃºltiples invasiones de tierra por parte de los campesinos. El entonces Presidente Olaya Herrera gestÃ³ una propuesta en la cual ponÃ­a el uso de la tierra como condiciÃ³n para su asignaciÃ³n. Todo aquel que abriera y sembrara la tierra por un perÃ­odo de cinco aÃ±os serÃ­a acreedor a tÃ­tulo de propiedad. Obviamente esta propuesta se colocaba del lado de los colonos y campesinos. Para prevenir una nueva concentraciÃ³n de la propiedad el proyecto reducÃ­a el tamaÃ±o mÃ¡ximo de las concesiones a 2.000 hectÃ¡reas por persona. AdemÃ¡s, al exigir confirmar la propiedad puso en evidencia una situaciÃ³n tal, que se estimaba que sÃ³lo en el departamento de Cundinamarca el 75% de los tÃ­tulos eran falsos (Las 2 Orillas, 2014). La Ley 200 de 1936 expedida por Alfonso LÃ³pez Pumarejo, que se conoce como la primera ley de reforma agraria, estuvo destinada a solucionar los conflictos agrarios de la Ã©poca donde los invasores reclamaban como baldÃ­os las tierras que ocupaban por la fuerza, mientras que los propietarios invocaban sus tÃ­tulos de notarÃ­a que los acreditaban como dueÃ±os. Como elementos importantes de la ley se encuentran la creaciÃ³n de jueces especiales para dirimir conflictos de tierra, la introducciÃ³n del concepto de la funciÃ³n social de la tierra y la figura de extinciÃ³n de dominio de tierras improductivas (Prensa Rural, 2007).</div>
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<div><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter" src="http://agronegociosold.uniandes.edu.co/images/Alejandro_Perdomo_Barajas/baldios_fm.jpg" alt="baldios fm" width="450" height="225" /></div>
<div style="text-align: center;">Fuente: (La FM, 2013)</div>
<div></div>
<div style="text-align: justify;">El tercer momento crÃ­tico corresponde un largo perÃ­odo que inicia con la Ley 135 de 1961 y que pareciera estar destinada a aumentar la acumulaciÃ³n de tierras en favor de personas o sociedades prestantes. Esta ley colocÃ³ el lÃ­mite de 450 hectÃ¡reas para adjudicaciÃ³n individual de baldÃ­os, permitiÃ³ la concentraciÃ³n de 1.000 hectÃ¡reas en zonas especiales alejadas y 3.000 hectÃ¡reas en los Llanos Orientales. La ley autorizÃ³ incluso arrendamientos de hasta 2.500 hectÃ¡reas a un plazo mÃ¡ximo de 50 aÃ±os. MÃ¡s adelante, la Ley 30 de 1988 ampliÃ³ la extensiÃ³n de adjudicaciÃ³n de baldÃ­os a 1.500 hectÃ¡reas sin necesidad de cumplir con la condiciÃ³n de ocupaciÃ³n previa pero bajo la obligaciÃ³n de desarollar una explotaciÃ³n productiva. Para aquellos que buscaran extensiones superiores a 1.500 hectÃ¡reas podÃ­a celebrarse otro contrato de usufructo (con plazos entre 10 y 30 aÃ±os renovables) destinado a cultivos de tardÃ­o rendimiento o acuicultura, con un tope de 3.000 hectÃ¡reas. Si bien del usufructo no se desprendÃ­a el derecho a la propiedad, si existÃ­a la posibilidad de solicitar al vencimiento del primer periodo contractual, la ampliaciÃ³n de hasta la mitad de lo que se concediÃ³ la primera vez en usufructo, siempre y cuando el lÃ­mite no pasara de 6.000 hectÃ¡reas.</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">La historia de los baldÃ­os nos muestra la incapacidad del Estado colombiano, ya sea por acciÃ³n u omisiÃ³n, de definir una polÃ­tica clara y efectiva para la distribuciÃ³n, tenencia, uso y formalizaciÃ³n de la propiedad rural. Pareciera que las leyes del siglo XIX y XX se promulgaron en beneficio de grandes terratenientes, favoreciendo la acumulaciÃ³n de tierras y por lo tanto, haciendo al Estado responsable de las dinÃ¡micas de violencia que ha vivido el paÃ­s en la disputa por la tierra. En la prÃ³xima entrega analizaremos en detalle la Ley 160 de 1994 que es la que actualmente rige el tema de baldÃ­os en el paÃ­s y que es la que pretende cambiar el proyecto de ley que cursa actualmente en el Congreso.</div>
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<div><strong>@aperdomo91</strong></div>
<div><strong> </strong></div>
<p><strong>BibliografÃ­a</strong></p>
<ul>
<li>Ãmbito JurÃ­dico. (15 de Octubre de 2015). <i>Ordenan recuperar baldÃ­os adjudicados irregularmente a travÃ©s de procesos de pertenencia</i>. Recuperado el 22 de Octubre de 2015, de <a href="http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/N/noti-141510-07ordenan_recuperar_baldios_adjudicados_irregularmente_a_traves_de/noti-141510-07ordenan_recuperar_baldios_adjudicados_irregularmente_a_traves_de.asp?IDObjetoSE=20811">http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/N/noti-141510-07ordenan_recuperar_baldios_adjudicados_irregularmente_a_traves_de/noti-141510-07ordenan_recuperar_baldios_adjudicados_irregularmente_a_traves_de.asp?IDObjetoSE=20811</a></li>
<li>El Tiempo. (28 de Julio de 2015). <i>Preparan decreto para registrar mÃ¡s de cuatro millones de baldÃ­os</i>. Recuperado el 17 de Octubre de 2015, de <a href="http://www.eltiempo.com/politica/gobierno/baldios-en-el-pais-decreto-para-saber-cuantos-hay/16164675">http://www.eltiempo.com/politica/gobierno/baldios-en-el-pais-decreto-para-saber-cuantos-hay/16164675</a></li>
<li>HSBnoticias.com. (14 de Noviembre de 2013). <i>Senador Jorge Robledo vs. Ministro RubÃ©n Lizarralde</i>. Recuperado el 22 de Octubre de 2015, de <a href="http://hsbnoticias.com/noticias/politica/senador-jorge-robledo-vs-ministro-rub%C3%A9n-lizarralde-64527">http://hsbnoticias.com/noticias/politica/senador-jorge-robledo-vs-ministro-rub%C3%A9n-lizarralde-64527</a></li>
<li>La FM. (12 de Mayo de 2013). <i>VÃ­ctimas del conflicto estarÃ­an siendo reparadas con baldÃ­os adquiridos ilegalmente</i>. Recuperado el 22 de Octubre de 2015, de <a href="http://www.lafm.com.co/noticias/victimas-del-conflicto-150947">http://www.lafm.com.co/noticias/victimas-del-conflicto-150947</a></li>
<li>Las 2 Orillas. (16 de Mayo de 2014). <i>El problema de los baldÃ­os en Colombia, un asunto sin resolver</i>. Recuperado el 22 de Octubre de 2015, de <a href="http://www.las2orillas.co/el-problema-de-los-baldios-en-colombia-un-asunto-sin-resolver/">http://www.las2orillas.co/el-problema-de-los-baldios-en-colombia-un-asunto-sin-resolver/</a></li>
<li>MartÃ­nez, M. E. (2004). <i>La conformaciÃ³n territorial en Colombia: entre el conflicto, el desarrollo y el destierro.</i> Recuperado el 22 de Octubre de 2015, de <a href="http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/desarrolloRural/article/viewFile/1272/760">http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/desarrolloRural/article/viewFile/1272/760</a></li>
<li>Prensa Rural. (7 de Diciembre de 2007). <i>La tenencia de la tierra: un problema en Colombia</i>. Recuperado el 22 de Octubre de 2015, de <a href="http://prensarural.org/spip/spip.php?article1288">http://prensarural.org/spip/spip.php?article1288</a></li>
</ul>
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		<title>Â¿CÃ³mo actuar ante el caso de Poligrow? â€“ Palma de Aceite en MapiripÃ¡n</title>
		<link>https://aneia.uniandes.edu.co/farrazola-2/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor Pixelpro]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 24 Oct 2014 10:59:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Agricultura]]></category>
		<category><![CDATA[Baldios]]></category>
		<category><![CDATA[GestiÃƒÂ³n y territorio]]></category>
		<category><![CDATA[Tierras]]></category>
		<category><![CDATA[UAF]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La falta de polÃ­ticas claras y efectivas sobre el acceso a la tierra y el uso de esta, ha servido como caldo de cultivo para una innumerable cantidad de tensiones entre sus pretendientes en Colombia.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;">El desplazamiento, el abandono y despojo de tierras, los conflictos entre la minerÃ­a, la agricultura y el medioambiente son algunas de las caras de estas tensiones, las cuales tienen dimensiones tanto ilegales como legales. El caso de la empresa espaÃ±ola Poligrow, dedicada al cultivo de palma de aceite en el Meta, nos sirve como ejemplo para estudiar la complejidad de estas situaciones y sentar posiciÃ³n sobre la manera en que como paÃ­s deseemos que estos conflictos se solucionen.</span></p>
<p><span id="more-448"></span></p>
<div style="text-align: justify;">
<p><span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> Analizar el caso de Poligrow es enriquecedor porque es un caso en el que se entretejen muchas dimensiones: la legalidad y la ilegalidad, la agricultura industrial y la tradicional, las secuelas de un periodo de violencia y las iniciativas de responsabilidad social de una empresa, el pequeÃ±o productor local y el capital extranjero, entre otras. </span></p>
<p><span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> Poligrow llegÃ³ al paÃ­s en 2009, adquiriendo tierras para un proyecto agroindustrial en la producciÃ³n de la palma de aceite. Para el 2011 la compaÃ±Ã­a habÃ­a adquirido 5600 hectÃ¡reas en el municipio de MapiripÃ¡n, aÃ±o en el que comenzÃ³ su siembra (Verdad Abierta, 2013). SÃ­, en ese municipio del Meta tristemente recordado por la masacre que lleva su nombre perpetrada por los paramilitares en 1997 (PNUD, 2011). MapiripÃ¡n no sÃ³lo sufriÃ³ la violencia de los paramilitares, la guerrilla tambiÃ©n dejÃ³ su cuota, lo que tuvo como resultado el fenÃ³meno del desplazamiento. Las tierras despojadas y abandonadas eran propiedad de colonos que habÃ­an logrado los tÃ­tulos a partir de baldÃ­os. La Ley 160 de 1994, entregÃ³ otros terrenos baldÃ­os y regulÃ³ el comercio de baldÃ­os. Acorde a esta, los tÃ­tulos entregados a partir de baldÃ­os del estado si bien son enajenables, sÃ³lo pueden ser adquiridos por otros campesinos y en ningÃºn caso una persona natural o jurÃ­dica puede acumular mÃ¡s de una UAF (Unidad AgrÃ­cola Familiar) de tierras que fueron baldÃ­os (Moir, 2013). De lo anterior se desprende que las tierras que adquiriÃ³ Poligrow en MapiripÃ¡n eran de estos ex-baldÃ­os, si pertenecÃ­an a desplazados o no, y si en algÃºn momento fueron adquiridos ilegalmente, aÃºn no se sabe. La compaÃ±Ã­a argumenta la legalidad de su adquisiciÃ³n en que los terrenos que adquirieron habÃ­an sido adjudicados por el estado antes de 1994 y que estos habÃ­an sido a su vez vendidos a otros terceros (que ya tenÃ­an mÃ¡s de una AUF) y a ellos fueron a quiÃ©n Poligrow les comprÃ³ los terrenos. </span></p>
<p><span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> Si los terrenos fueron adquiridos ilegalmente, el estado deberÃ­a, al seguir estrictamente la ley, restablecerle la propiedad a sus legÃ­timos dueÃ±os y pedirle a Poligrow que abandone los predios. De otro lado, si el mayor problema legal es por la acumulaciÃ³n de AUF se debe buscar un mecanismo para que Poligrow divida sus hectÃ¡reas de palma, ojala entre productores locales que quieran seguir con el proyecto. Sin embargo, en el problema de que hacer con Poligrow debe considerarse, incluso con mayor detalle que la dimensiÃ³n de la legalidad, los impactos sociales, econÃ³micos y ambientales que ha tenido el quehacer de la empresa en el pueblo. Poligrow da empleo a 500 personas, y es casi la Ãºnica fuente de empleo formal en la regiÃ³n. â€œTenemos que admitir que si se fueran (Poligrow) dejan a mucha gente sin trabajo. AquÃ­, ademÃ¡s de la coca no se tiene nada para vivirâ€, comentÃ³ un habitante del pueblo a un medio noticioso (Verdad Abierta, 2013). Poligrow instalÃ³ una planta elÃ©ctrica que funciona con diesel para sus actividades industriales, con esa planta tambiÃ©n suple las demandas de electricidad del pueblo las 24 horas, algo que ningÃºn gobierno logrÃ³ hacer. Respecto a la expansiÃ³n de la producciÃ³n, Poligrow tiene planes de producir en MapiripÃ¡n 15 mil hectÃ¡reas. En parte debido a las restricciones de compra de tierras, la empresa se propone lograr esta meta mediante alianzas con finqueros, campesinos y productores locales. La propuesta de Poligrow a la poblaciÃ³n local incluye garantÃ­as de compra de los productos a los precios del mercado y capacitaciÃ³n tÃ©cnica a los nuevos aliados (Poligrow 2014). </span></p>
</div>
<div style="text-align: justify;"></div>
<div style="text-align: justify;">
<p><span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;">El caso de Poligrow y lo que la justicia decida hacer con ella es importante para analizar cuÃ¡l es el modelo de desarrollo que ha de primar en el campo colombiano. Parece claro que Poligrow representa para unos, una visiÃ³n en la que la agroindustria es el hÃ©roe del campo y hace las veces de colonizador en una regiÃ³n, llevando innovaciÃ³n, progreso, electricidad y empleo formal. Para sus contendientes, esta visiÃ³n agroindustrial representa una amenaza a la agricultura tradicional de subsistencia, a la propiedad campesina de la tierra, al estilo de vida y a la autosuficiencia campesina. </span></p>
</div>
<div style="text-align: justify;"><span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> @farrazola</span><span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> Referencias:</span></p>
<p><span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> Â· Moir â€“ Movimiento Obrero Independiente Revolucionario. (2013). <i>Las Compras Ilegales de Tierra: Un modelo de CorrupciÃ³n en la CÃºspide del Poder. â€“ </i>IntervenciÃ³n del Senador Jorge Enrique Robledo en la plenaria del congreso (13 de Agosto de 2013). Disponible online en: <a href="http://www.moir.org.co/Las-compras-ilegales-de-tierras-Un.html">http://www.moir.org.co/Las-compras-ilegales-de-tierras-Un.html</a></span><br />
<span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> Â· Municipio de Uribe â€“ Meta. (2014). <i>Nuestro Municipio. </i>Disponible en: <a href="http://www.uribe-meta.gov.co/mapas_municipio.shtml?apc=bcMapas%20Pol%EDticos-1-&amp;x=1785828">http://www.uribe-meta.gov.co/mapas_municipio.shtml?apc=bcMapas%20Pol%EDticos-1-&amp;x=1785828</a></span><br />
<span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> Â· PNUD â€“ Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. (2011). <i>Informe Nacional de Desarrollo Humano â€“ Colombia Rural, Razones para la Esperanza</i>. BogotÃ¡, Colombia</span><br />
<span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> Â· Poligrow. (2013). <i>Â¿QuiÃ©nes Somos?</i> Disponible online en: <a href="http://www.poligrow.com/index.php?tpl=quienes">http://www.poligrow.com/index.php?tpl=quienes</a></span><br />
<span style="font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 12pt;"> Â· Verdad Abierta. (2013). <i>Tres Agroindustrias de los Llanos Compraron Tierras con LÃ­os y Violencia. </i>Disponible en: <a href="#negocio">http://www.verdadabierta.com/tres-agroindustrias-de-los-llanos-compraron-tierras-con-lios-y-violencia#negocio</a></span></p>
<p>&nbsp;</p>
</div>
<p>La entrada <a href="https://aneia.uniandes.edu.co/farrazola-2/">Â¿CÃ³mo actuar ante el caso de Poligrow? â€“ Palma de Aceite en MapiripÃ¡n</a> se publicó primero en <a href="https://aneia.uniandes.edu.co">ANeIA | Universidad de los Andes - AGRONEGOCIOS E INDUSTRIA DE ALIMENTOS</a>.</p>
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