Se trata de los vendedores ambulantes de comida, quienes se las ingenian para vender todo tipo de comida en bicicletas, carretas, carritos y paraguas. Desde las cinco de la mañana se les puede ver por el centro de Bogotá con huevos pericos, soplando la parrilla de la bicicleta para hacer las primeras arepas, picando fruta, exprimiendo naranjas y sirviendo tinto y agua aromática. Antes del medio día aparecen los que le apuestan al mercado del almuerzo. El popular Corrientazo, “ el almuerzo casero preparado a gran escala para la gente de a pie” (los puros criollos), y el combinado o subcorrientazo (la versión barata del corrientazo) se consigue desde 1.500 pesos, 2.000 con huevo. Al caer la noche, lo común es encontrarse con empanadas, chorizos, arepas y el famoso “perro de mil”. Lo cierto es que la necesidad de estos “ emprendedores ambulantes” por ganarse la vida, cumple con la alimentación de más del 70% de la población. Sin ellos, gran parte de la población no comería (Los puros criollos).
El aporte de estos vendedores informales a la sociedad es importante. Sin embargo, al igual que los Food Trucks, ocupan el espacio público para poder trabajar. De hecho, es muy curioso ver, como aumenta el negocio de los vendedores en las calles y disminuye el de los Food Trucks, siendo que la regulación que prohíbe vender alimentos en el espacio público ( Decreto distrital No. 1034) aplica para ambos. Los Food Trucks desistieron de ser perseguidos por la policía y ahora trabajan en parqueaderos y establecimientos arrendados, mientras que los vendedores ambulantes siguen con firmeza trabajando en los andenes . Hablando con algunos de los vendedores de frutas y arepas en el centro de Bogotá, entendí que al igual que los Food Trucks, a ellos también los molesta la policía. Los amenazan con decomisarles la mercancía si se estacionan en el espacio público. La explicación que les dan a ellos para no poder vender es que la Alcaldía no lo permite. A pesar de las advertencias, ellos se la juegan día a día, porque es su manera de subsistir y a diferencia de los Food Trucks, no les alcanza para pagar un arriendo y poder cumplir con la ley. Por otro lado, vendedores de comidas rápidas en el Barrio el Codito, dicen que la mejor hora para vender tranquilamente es en la noche. En el día la policía les llama la atención de vez en cuando, pero por la noche no hay problema alguno. Además, si ven que tienen tapabocas y curso de manipulación de alimentos no tienen por que poner problema.
Evidentemente, hay una preocupación para que los alimentos vendidos en la calle tengan alguna garantía de calidad en sus preparaciones. Según nutricionistas, “ estos alimentos no son recomendables para el consumo, porque las condiciones de preparación y distribución son cuando menos dudosas” (Los puros criollos). Aún así, la Resolución 604 de 1993 del Ministerio de Salud, regula las condiciones sanitarias de los alimentos que se venden en la vía pública. Aplica “únicamente a las ventas de alimentos en la vía pública de tipo formal, reorganizadas o reubicadas por las autoridades competentes”. Anteriormente, se mencionó que estos vendedores son informales, por lo que dicha Resolución no les aplicaría. No obstante, vendedores en el Codito afirman que mientras cumplan con ciertas condiciones de higiene pueden vender.
En conclusión, se evidencia una incoherencia muy grande a la hora de aplicar la ley. Food Trucks que cumplen con todas las normas de sanidad se les saca de las calles, mientras que vendedores ambulantes únicamente con tapabocas pueden trabajar. En adición, la norma del espacio público no aplica igual para todos. Al antojo de la policía, unos llevan del bulto y otros no. También hay una gran posibilidad que la cantidad de vendedores ambulantes se salga de las manos de la policía y se les facilita más aplicar la norma a los pocos Food Trucks que se encuentran en Bogotá.
Bibliografía:
Lizarazo, L. (2013, junio 13). Negocio de perros calientes ambulantes se mueve “a mil”. Portafolio. Recuperado de: http://www.portafolio.co/tendencias/negocio-perros-calientes-ambulantes-mueve-mil-83808
(2013, diciembre3). Prohibida la venta de comidas en vehículos que ocupan el espacio público. El Universal. Recuperado de: http://www.eluniversal.com.co/cartagena/prohibida-la-venta-de-comidas-en-vehiculos-que-ocupan-el-espacio-publico-144096
Resolución 604 de 1993. Alcaldía Bogotá. Recuperado de: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22641
(2014, septiembre 14). Los puros criollos – Corrientazo (Temporada 3). Señal Colombia. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=kVY3QZ3xTxk