El siguiente artículo abordará este cuestionamiento y planteará algunas recomendaciones para que países como Colombia, con un potencial agrícola importante, logren efectivamente codearse con países que han alcanzado niveles envidiables de prosperidad económica.
Es cierto que los economistas y abogados suelen explicarse con poca claridad, sin embargo, este artículo tomará los aportes que estas profesiones han realizado para zanjar esta problemática y las explicará en términos sencillos.
Economistas como Ronald Coase, Douglas North o Hernando de Soto resaltaron la necesidad de regular los derechos de propiedad[1]. Para ellos lo que más influye en el sistema económico de producción son las instituciones que regulan los derechos de propiedad. Esta corriente de pensamiento se denomina institucionalismo o neo-institucionalismo.[2]
Por instituciones entiéndase todo lo relacionado a las normas sociales. Es decir, son el conjunto de reglas de juego a las que todos los miembros de la sociedad nos debemos atener. Cuando estos autores establecen que se deben fortalecer las instituciones relacionadas a los derechos de propiedad no es más que la formalización de los títulos de propiedad, la regulación sobre como transferir la propiedad y a que tengo derecho de hacer con mi propiedad: arrendarla, dejarla de herencia, regalarla, etc.
Se estarán preguntando porqué resulta tan importante regular los derechos de propiedad. Pues para estos economistas la diferencia entre los países en vía de desarrollo y los desarrollados es que los primeros no tienen los suficientes derechos de propiedad para hacer que los mercados trabajen de forma adecuada. Es claro que la diferencia entre países desarrollados y subdesarrollados no puede ser que los primeros tengan mercados y los últimos no. La diferencia entre estos dos es la diferencia entre comprar futuros de oro en la bolsa de metales de Londres y comprar pepitas de oro en algún municipio aledaño a la cuenca del rio Magdalena en Colombia. Para el economista Hernando de Soto (1993), Gran Bretaña a través del sistema legal ha creado derechos de propiedad que se pueden intercambiar en un mercado expandido y por tanto es una economía de propiedad, mientras que Colombia no.
Para ser intercambiados en un mercado expandido, los derechos de propiedad deben ser “formalizados”. Es decir, que sean universalmente obtenibles, estandarizados con instrumentos de intercambio que son registrados en sistemas centrales regidos por reglas legales. Esto permite que los titulares tengan prueba indiscutible de su propiedad y cuenten con una protección contra la incertidumbre y el fraude. De esta forma los derechos de propiedad pueden ingresar al mercado en una forma adaptada a un frecuente intercambio masivo como lo son cheques, certificados de acciones, letras de cambio, bonos, contratos, recibos de almacén o hipotecas, lo que facilita la transferencia de recursos a su uso más valioso.
Ahora bien, qué ocurre con los títulos de propiedad de la tierra. Un pedazo de tierra sin dicho título para especificar su propiedad es extremadamente difícil de comercializar, situación que se agrava si ese título no se puede obtener a bajo costo. Cualquier intercambio de esta tierra requerirá un esfuerzo enorme para determinar lo siguiente: ¿El vendedor posee la tierra y tiene el derecho de transferirla? ¿Cuáles son los límites del terreno? ¿El nuevo propietario será aceptado como tal por aquellos que hacen cumplir los derechos de propiedad? ¿Cuáles son los medios efectivos para excluir a otros reclamantes? Si encontrar las respuestas es difícil, entonces no habrá intercambio alguno, o el intercambio estará restringido a círculos cercanos de socios comerciales que confían entre sí.
Esta situación se presenta constantemente en Colombia, donde el “60 por ciento de los predios rurales en Colombia no cuenta con los derechos de la propiedad formalizados”. (Semana Rural, 2019). Adicionalmente, Según cifras del Departamento Nacional de Planeación (DNP), solo 6 por ciento de los municipios cuenta con una formalidad en más del 75 por ciento de sus predios. (Semana Rural, 2019).
En el 2018 fue presentado un proyecto de ley en el senado de la república por el congresista Jorge Londoño y su bancada de alianza verde. Este proyecto de ley tenía como propósito expedir normas para la formalización de la propiedad de tierras rurales en Colombia, entre otras disposiciones. En la exposición de motivos para la aprobación de este proyecto de ley hay argumentos relevantes que debo resaltar que refuerzan la imperiosa necesidad de afrontar la problemática de tierras del país:
- Se estima que en Colombia existen entre 2.000.000 y 2.500.000 predios sin formalizar la propiedad. Estos inmuebles representan el 70% del total de matrículas inmobiliarias y se concentran fundamentalmente en los campesinos micro, mini y pequeños propietarios de tierra (89% del total), o poseedores de predios privados por su explotación económica.
- El programa de formalización adoptado por el gobierno, aunque tiene vigencia hasta 2021 se fijó como meta la atención de 110.000 familias campesinas hasta 2018 en dos etapas. La primera por 30.000 familias a 2014 y 81.000 entre 2015 y 2018, de las cuales, según información de la ANT, en dos años se han formalizado 42.000 predios es decir un 18% de la meta y de mantenerse ese promedio de 20.000 predios por año se requerirían 125 años para la formalización de los 2.5 millones de predios.
Los beneficios de la formalización de tierras no son pocos. Cuando las personas tienen títulos formalizados, ellos sienten que la propiedad está bajo su propio control legal y así tienen los incentivos suficientes para invertir su inteligencia y trabajo mejorando su propiedad. Adicionalmente, tener un título de propiedad posibilita el acceso a crédito, a programas del gobierno, capital semilla, subsidios y otros beneficios de los cuales se encuentran excluidos aquellos que no tengan sus predios debidamente formalizados.
La Agencia Nacional de Tierras realizó un estudio donde estableció que, en términos de ingresos, una familia dedicada al agro, al recibir el título aumentaría sus ingresos de $1,5 millones a $2,5 millones. Si la actividad es pecuaria, pasaría de $1 millón de pesos a $4 millones. (Dinero, 2017) Otro dato interesante es que Colombia produce 33 millones de toneladas de alimentos al año. Si se formalizan todos los hogares campesinos que hoy están en la informalidad, podríamos pasar a producir 47 millones de toneladas, eso nos pondría en el primer renglón agrícola en América Latina. (Dinero, 2017)
No hay duda de que la formalización de la propiedad es uno de los mayores retos que tiene el país para traer una mayor prosperidad al campo colombiano. Como último comentario debo señalar que estas ideas de la titularización de la tierra no deben entenderse exclusivamente a títulos individuales. Han ocurrido casos interesantes de titularización colectiva como el que ha ocurrido en el país con las comunidades negras del pacifico, que pueden también posibilitar un incremento en el bienestar de las comunidades que viven en la ruralidad.
Finalmente, el panorama no es muy alentador cuando el contexto del país nos presenta presencia de grupos armados ilegales que desplazan las comunidades y campesinos, cultivos ilícitos y una burocracia alarmante. Debemos cuestionarnos profundamente como se ha estructurado la política de tierras del país y aplicar los correctivos si es que verdaderamente queremos potencializar el agro colombiano.
[1] Para los economistas, los derechos de propiedad son derechos que adquieren los individuos sobre su trabajo y sobre los bienes y servicios que poseen. Desde la perspectiva de un abogado los derechos de propiedad es la capacidad en conjunto de gozar, usar y disponer de un determinado bien.
[2] Adicionalmente, estas corrientes plantean la comprensión de la sociedad a partir de sus instituciones formales e informales, de su funcionamiento y su eficiencia
Referencias:
- Hernando de Soto. (1993). The missing ingredient. What poor countries will need to make their markets work. Housing finance international.
- Semana Rural. (octubre 18 de 2019). El 60 por ciento de los predios rurales en Colombia no está formalizado”: Banco Mundial. Disponible en: https://semanarural.com/web/articulo/banco-mundial-asegura-que-mas-de-la-mitad-de-colombia-cuenta-con-predios-informales/1192
- Revista Dinero (agosto 17 de 2017). Avanza titulación de predios para las familias campesinas colombianas. Disponible en: https://www.dinero.com/edicion-impresa/pais/articulo/titulacion-de-predios-para-familias-campesinas-colombianas/248715